La «reformica» de Mercedes
Hace 50 años,
un artículo en ABC de la abogada y escritora Mercedes Formica provocó la drástica
reforma de una legislación matrimonial que no daba ninguna opción a las
mujeres y en donde optar por la separación significaba perderlo todo, hijos,
hogar y bienes.
El 7 de noviembre de 1953, hace 50 años, el
director de ABC, Luis Calvo, dio luz verde a la publicación de un artículo que
tres meses antes le había remitido la abogada gaditana Mercedes Fórmica.
Durante ese tiempo la censura había mantenido congelado el texto, consciente de
sus consecuencias. El artículo, titulado «El domicilio conyugal», lo escribió
tras conocer la agresión sufrida por Antonia Pernia Obrador a manos de su
esposo. «Mujer apuñalada por su marido», fue el escueto titular con el que
los periódicos contaron el suceso. No era la primera vez, pero aquel día su
marido fue más lejos y zanjó la discusión con doce cuchilladas. Ella había
intentado separarse, pero el abogado le advirtió que perdería su casa, sus
hijos, sus bienes... Así que sólo le quedó el recurso de aguantar, de
resignarse, hasta el límite de jugarse la vida en el verano de 1953.
Esta situación de absoluto sometimiento de la
mujer al marido, espejo del sometimiento civil que había terminado por
convertir a la mujer en una ciudadana de segunda, es el que denuncia Mercedes Fórmica
en su artículo en el que reclama la reforma de una ley que considera injusta,
arbitraria y discriminatoria para las mujeres, que había convertido a Antonia
en prisionera de un hogar que terminó siendo una cárcel mortal, como para
otras muchas mujeres en España. Desprotección absoluta «Nuestro Código Civil, tan injusto con la mujer
en la mayoría de sus instituciones -escribe Fórmica-, no podía hacer una
excepción con la esposa, y la casada que se ve en trance de pedir la separación;
aún en aquellos supuestos en que su inocencia está comprobada, ha de pasar por
el previo depósito, que en este caso habrá de ser realizado fuera del
domicilio conyugal, y ya el proceso de separación en marcha, el Juez le
entregará, o no le entregará, los hijos, los bienes muebles, fijará una pensión
alimenticia, pero lo que ningún magistrado sentenciará -entre otras razones
porque carece de facultades para ello- es que sea la esposa la que permanezca en
el domicilio común y sea el marido culpable el que lo abandone (...) Los señores
jueces deberían tener facultades para otorgar la titularidad del domicilio
conyugal al cónyuge inocente, en este caso a la esposa, ya que, en definitiva,
el domicilio conyugal es la casa de la familia y no «la casa del marido» como
dice la ley». La publicación del artículo tiene un doble
valor. ABC era el periódico de mayor tirada en España, con más de 100.000
ejemplares diarios, y la autora era una persona influyente: una de las tres únicas
abogadas de Madrid y una mujer próxima al régimen, admiradora
de José Antonio Primo de Rivera desde su juventud y defensora de él hasta sus
últimos días. La consideración fue mutua. José Antonio la nombró delegada
nacional del SEU femenino y miembro de la dirección de la Falange. Con estos
avales se convirtió en una de las pocas mujeres españolas que logró una
proyección pública en la primera posguerra y una de las poquísimas que empleó
esta influencia social y política para, desde dentro del sistema, intentar
transformar leyes lesivas para la dignidad de la mujer. Mercedes Fórmica estaba acostumbrada a recibir
gestos de escepticismo de los jueces cuando en los procesos de separación
reclamaba que fuese el hombre y no la mujer el que hiciese las maletas. «Está
usted loca. ¿Cómo podemos tolerar que un hombre salga de «su» casa?», solían
decirle. La arquitectura legal de la época legitimaba
afirmaciones como esta. La vivienda familiar se definía como «casa del marido»,
y la esposa que se atrevía a pedir la separación -ya fuese considerada
culpable o inocente de la misma- debía abandonarla para ser «depositada» en
otro domicilio, en el de los padres, el de algún familiar o en un convento.
Como el marido era el administrador exclusivo de los bienes gananciales, la
mujer, además de perder su hogar, se quedaba sin dinero. Y por si todo esto
fuera poco, no era infrecuente que mientras duraba el proceso -y solía durar años-
se le retirase la guarda de sus hijos. Ante la perspectiva de una
vida destrozada, la mayoría de las mujeres decidían quedarse viviendo el
infierno de un hogar en el que sufría los reiterados malos tratos del marido.
Contra este ignominioso precepto del «depósito marital» alzó su voz Formica.
Ya el título del famoso artículo -«El domicilio conyugal»- lanzaba este
nuevo concepto de hogar compartido que sonaba a subversivo. Los censores no habían errado al intentar
paralizar el artículo. Su publicación desató un encendido debate. El propio
diario ABC lo azuzó abriendo una encuesta entre destacados juristas que, en su
mayoría, se mostraron favorables a la reforma propuesta por la abogada. Además
se abrió un debate paralelo entre los lectores. Muchas mujeres se lanzaron a
contar, por primera vez, la dramática situación en que vivían. También lo
hicieron hermanos o padres de las mujeres maltratadas que contemplaban la
situación con impotencia. Durante semanas la redacción de ABC recibió más
de 100 cartas diarias. Muchas apoyaban las tesis de y las reformas de la
abogada. Otras, sin embargo, las descalificaban. «Olvidemos las leyes, los
derechos, sólo hace falta para la armonía matrimonial más comprensión en la
mujer, más abnegación, menos amigos, y más espíritu de sacrificio. Deponed
las armas y someteos al mando de ellos, que con amor e inteligencia siempre será
el nuestro», escribió una lectora. Mercedes Fórmica pronunció conferencias y
escribió artículos. Fue recibida por Franco, y hasta el presidente del
Tribunal Supremo, José Castán Tobeñas, se hizo eco de sus reclamaciones en la
apertura del año judicial de 1954: «Reconocemos la profunda transformación
que en la actualidad experimenta la vida social, y dentro de ella, el papel de
la mujer (...) No debemos aferrarnos, con actitud retrógrada, a las formas de
vida que ya pasaron». La campaña emprendida por Mercedes Fórmica tuvo
un extraordinario eco internacional, inaudito en una España que apenas
comenzaba a salir del aislamiento. Tal como recuerda Rosario Ruiz Franco, en su
ensayo «Mercedes Fórmica», en los meses siguientes a la publicación del artículo
hablan de ella el «Daily Telegraph» o «The New York Times». La revista «Holiday»
la incluye entre las cuatro mujeres que habían destacado en la esfera pública
en el mundo. Y la revista «Time» le dedica un reportaje que el periodista
remata con una frase que dice haber escuchado en la calle a un ciudadano madrileño:
«Creo que empieza un gran torbellino. Gracias a Dios mi mujer no lee los periódicos». Las consecuencias no fueran inmediatas, pero la
polémica suscitada inició un proceso imparable que culminó, cinco años después,
en una modificación del Código Civil. Esta reforma de 1958 sustituyó el
concepto «casa del marido», con el que se definía la vivienda común del
matrimonio, para transformarlo en el «hogar conyugal», el término propuesto
por Mercedes Fórmica. Desde entonces los jueces pudieron decretar que fuese la
mujer la que se disfrutase de la vivienda conyugal tras la separación. También
eliminó la figura degradante del «depósito de la mujer», ese
derecho-obligación del marido de «depositarla» en casa de los padres o en un
convento. Además se limitaron los poderes casi absolutos que tenía el marido
para administrar y vender los bienes del matrimonio, y permitió que las mujeres
viudas que contrajesen nuevo matrimonio pudieran mantener la patria potestad
sobre sus hijos. Mercedes Fórmica reclamó la eliminación de
otros preceptos legales que atentaban contra la dignidad de la mujer, como el
tratamiento discriminatorio de la mujer adúltera frente al hombre adúltero en
el Código Penal. En este caso no tuvo tanta fortuna: sólo la democracia, en
1978, despenalizaría el adulterio. Poco antes se había eliminado la licencia
marital y la obediencia al marido, que hasta 1975 no es que fuera vetustas
costumbres sociales, eran obligaciones legales. Antes de ayer. La activa participación de Fórmica en el
impulso de esta reforma hizo que fuese bautizada, con ironía como «la
reformica», aludiendo tanto al apellido de su inspiradora como al carácter
limitado de los avances. Fue, no obstante, un importantísimo primer paso con el
que se inició un camino que culminaría un cuarto de siglo después, cuando la
ley reconociera ¡en 1981! la plena igualdad del marido y la mujer en el
matrimonio. Ella aún tuvo tiempo de vivirlo. Murió en abril de 2002, víctima
del Alzheimer.